GAS NATURAL: igualdad en el mercado interior europeo

Título

Reglamento (CE) n° 1775/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones de acceso a las redes de transporte de gas natural (Texto pertinente a efectos del EEE)

Fecha de publicación

28 de septiembre de 2005 (DO L 289 de 3.11.2005, p. 1)

Resumen

El mercado interior del gas natural sólo podrá funcionar con eficacia si las condiciones de acceso de terceros cumplen determinadas normas mínimas en todo el mercado interior. Dichas normas son esenciales para garantizar la igualdad de los intercambios y ofrecer oportunidades comerciales a los nuevos participantes en el mercado y a las pequeñas empresas. Las condiciones de acceso a la red no deberían crear discriminaciones entre las distintas clases de usuarios de la red, ya que de lo contrario podría surgir un falseamiento de la competencia y se impediría a los consumidores de gas aprovechar por igual el mercado interior del gas natural.

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